Aseguradora Magallanes

Servicio al Cliente
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Seguro Hogar

Dentro de la gama de Seguros para el Hogar, existen diferentes planes, contra los riesgos de incendio, robo y accidentes personales. Escoja el que más se ajuste a sus necesidades y aproveche las ventajas de un seguro multirriesgo. 

Plan Geo: Incendio + Sismo


  • Coberturas
  • Límites de Coberturas
  • Condiciones y Exclusiones
  • Deducibles


Incendio y adicionales hasta UF 30.000 sumando edificio y contenido. Ver más

Según POL 1 91 058, Incendio de Protección Familiar incluyendo las siguientes cláusulas adicionales:

CAD 1 91 059
Incendio y Explosión a consecuencia directa de Huelga, Desorden Popular o Actos Terroristas

CAD 1 91 060
Daños Físicos a consecuencia de Huelga o Desorden Popular.

CAD 1 91 061
Robo o Saqueo durante Huelga o Desorden Popular.

CAD 1 91 062
Daños Físicos causados por Rotura de Cañerías o Desbordamiento de Estanques Matrices.

CAD 1 91 064
Daños Físicos causados por Salida de Mar.

CAD 1 91 065
Avalanchas, Aluviones y Deslizamientos.

CAD 1 91 066
Incendio a consecuencia de Fenómenos de la Naturaleza, excepto Sismo.

CAD 1 91 069
Daños Físicos causados por Aeronaves.

CAD 1 91 070
Daños Físicos causados por Vehículos Motorizados.

CAD 1 98 040
Daños Materiales causados por Peso de Nieve o Hielo.

CAD 1 98 041
Remoción de Escombros.

CAD 1 98 042
Daños Materiales causados por Explosión.

CAD 1 99 004
Daños Materiales causados por Viento, Inundación y Desbordamiento de Cauces.

CAD 1 05 069
Colapso de Edificio.

Inhabitabilidad de la vivienda (sólo para propietarios de edificio), según Artículo 4 de POL 1 98 058, con un límite de 1% del monto asegurado en edificio, con un tope de UF 50 mensual, para un período de indemnización de hasta 6 meses. .

Los gastos de traslado o bodegaje se fijan en un máximo de UF 50

Otros límites:

Remoción de Escombros: Hasta 1% del monto asegurado en edificio, hasta un máximo de UF 500.

Honorarios Profesionales: 1% del monto asegurado con un máximo de UF 500.

Daño Eléctrico: Hasta UF 100.

Límites indemnizables

Ropa o Calzado: UF 5 por prenda.

Objetos Valiosos: Cubre joyas y objetos de arte hasta un máximo de 10% del valor asegurado de contenidos.


Cristales. Ver más

Cobertura de Cristales según Título Tercero POL 1 91 058

La materia asegurada corresponde a cristales, espejos, y ventanas instalados en el bien raíz. Se excluyen los objetos de uso doméstico, tales como cristalería, vasos, floreros, platos, vajilla en general, artículos de decoración. En caso de siniestro, la suma asegurada bajo la presente cobertura operará en exceso del límite establecido para la cobertura Asistencia Hogar, sección cristales. Monto máximo a indemnizar: Límite a primer riesgo y máximo a indemnizar hasta UF 30 anuales


Asistencia Domiciliaria. Ver más

El Servicio de Asistencia Domiciliaria, de acuerdo a CAD 1 98 043, consta de:

Servicio de Urgencia

En los rubros de Plomería, Electricidad, Vidriería y Cerrajería.

Los costos de desplazamiento, materiales y mano de obra para atender los problemas de urgencia serán gratuitos, hasta un máximo de: Servicios de Plomería, Electricidad y Cerrajería: Por cada tipo de servicio UF 1,5 por evento y un máximo de tres eventos al año. Servicio de Cristalería (Vidriería): UF 2 por evento y hasta tres eventos al año.

Servicios No Urgentes

La Compañía a solicitud del Cliente, pondrá a su disposición o enviará a la vivienda o inmueble registrado, los profesionales idóneos para que faciliten los presupuestos oportunos y, en su caso, para que realicen las obras o servicios solicitados para los siguientes servicios: Gásfiter, Electricista, Cerrajero, Cristalero, Albañil y Pintor. Será siempre por cuenta del Asegurado el importe correspondiente a la ejecución de los trabajos y servicios solicitados y cualquier otro gasto que se produjera por el cumplimiento de tales prestaciones..

El servicio de Asistencia Domiciliaria, deberá ser solicitado a los siguientes teléfonos: 600 600 60 10 y desde
celulares (56-2) 212 78 40.


Responsabilidad Civil al jefe de hogar. Ver más

Responsabilidad Civil según Título Cuarto POL 1 91 058

Para Asegurado y su grupo familiar cubre Responsabilidad Civil extracontractual, derivada de los actos u omisiones que le sean imputados al Asegurado o que sean causados por cosas o por personas de las cuales éste responde civilmente (esposa, hijos u otros menores, familiares, sirvientes, en tanto vivan en su compañía).

Cubre daños a terceros por agua como consecuencia de rotura de cañerías, filtraciones o activación de sprinklers. Monto Asegurado: Hasta UF 700.


Sismo. Ver más

CAD 1 91 067

Incendio a consecuencia de sismo

CAD 1 91 068

Daños Físicos causados por sismo



Electrodomésticos y Línea Blanca. Ver más

Hasta 2 años: Valor a nuevo

Mayor a 2 años: hasta 25%


TV, equipos de audio/sonidos/videos, cámaras de videos y similares. Ver más

Hasta 2 años: Valor a nuevo

Mayor a 2 años: hasta 30%


Equipos computacionales y afines. Ver más

Hasta 2 años: Valor a nuevo

Mayor a 2 años: hasta 25%


Muebles y menajes. Ver más

Hasta 2 años: Valor a nuevo

Mayor a 2 años: hasta 25%


Vestuario en general. Ver más

Hasta 2 años: Valor a nuevo

Mayor a 2 años: hasta 25%


Terminaciones de edificio. Ver más

Hasta 2 años: Valor a nuevo

Mayor a 2 años: hasta 25%


Edificio. Ver más

Hasta 20 años:Valor a nuevo según cláusula de valorización

Mayor a 2 años: hasta 25%


Otros. Ver más

Hasta 2 años: Valor a nuevo

Mayor a 2 años: hasta 25%



Se cubre casas o edificios con menos de 50 años de antiguedad (menos de 15 años si son de madera). Se excluyen casas en sectores rurales, de veraneo, campestres o cordilleranas, de uso temporal y casas de construcción parcial o total de adobe. Ciertas ubicaciones están excluidas de cobertura por el riesgo del sector. Ver más

Sectores excluidos del seguro:

Sectores a lo largo del país, expuestos a riesgo social, delincuencia, riesgos políticos o desórdenes populares.

Sectores en riesgo de inundaciones en la RM de acuerdo al mapa de inundaciones de AACH. Los casos con riesgo medio o alto sólo pueden ser suscritos con consulta Área Técnica.

Ubicaciones en la RM sujetas a consulta Área Técnica:

Comunas

La Pintana, Lo Prado, Cerro Navia, Lo Espejo, Conchalí, El Cortijo, Santa Mónica, Comuna de Pudahuel, Villa Alto Jahuel, San Joaquín, La Granja, Recoleta, El Salto, Vega Central, La Legua, Población El Pinar, Lo Espejo

Poblaciones

Población Lo Hermida, Comuna de Peñalolén.

Población La Victoria, Comuna de San Miguel.

Huamachuco 1 y 2, Cerro Colorado Comuna de Renca.

Villa Francia- Población Nogales, Comuna de Estación Central.

Colón 9.000- Quinchamalí, Comuna de Las Condes.

Población Juan Pablo II, Comuna de Puente Alto.

Población El Mañío, Comuna de Quilicura.

Población Rebeca Matte, Población Rosita Renard, Población Santa Julia, Comuna de Ñuñoa.

Sector de calle Santa Raquel, Comuna de La Florida.

Villa La Reina, Comuna de La Reina.


Otras Condiciones. Ver más

Se excluyen motocicletas y vehículos motorizados en general..

Para cobertura de riesgos de la naturaleza se excluyen los contenidos que no estén diseñados para permanecer al aire libre. De igual forma se excluyen para riesgos de la naturaleza carpas, toldos, y los contenidos e instalaciones albergados por estos..

Tarifa de plazo corto

En aquellos casos en el que el Asegurado ponga término anticipado al seguro de acuerdo a Art. N° 48, la Compañía retendrá el 100% de la prima consumida más el 20% de la prima no consumida, calculadas ambas en base a numeral diario.



Deducibles de adicionales de incendio aplicables en toda y cada pérdida:

Deducible Rotura de cañerías UF 3 para las siguientes cláusulas:

CAD 1 91 062 Daños Físicos causados por Rotura de Cañerías o Desbordamiento de Estanques Matrices

Deducible Riesgos de la naturaleza UF 3 para las siguientes cláusulas:

CAD 1 91 065 Avalanchas, Aluviones y Deslizamientos

CAD 1 91 066 Incendio a consecuencia de Fenómenos de la Naturaleza, excepto Sismo

CAD 1 98 040 Daños Materiales causados por Peso de Nieve o Hielo

CAD 1 99 004 Daños Materiales causados por Viento, Inundación y Desbordamiento de Cauces

Incendio y adicionales construcciones ligeras de madera: 5% de la pérdida con un mínimo de UF 5

Erupción volcánica: 1% sobre el monto asegurado total, con un mínimo de UF 25 por ubicación

Salida de mar, tsunami, maremoto: 1% sobre el monto asegurado total, con un mínimo de UF 25 por ubicación

Responsabilidad civil: Sin deducible

Adicional de sismo: 1% sobre el monto asegurado total con minimo de UF 25 por ubicación


Aseguradora Magallanes S.A. Alonso de Córdova 5151, Oficina 1801 - Las Condes - Santiago - Chile Defensor del Asegurado